RECUSO PREVENTIVO

 

Cuando durante el desarrollo de la actividad de la empresa se produzca alguna de las siguientes situaciones, el empresario deberá designar a una persona para vigilar la correcta ejecución de dichos trabajos en condiciones de seguridad y salud:

Esta persona considerada como “RECURSO PREVENTIVO” tendrá una formación mínima de nivel básico en Prevención de Riesgos Laborales y deberán tener la capacidad suficiente, disponer de los medios necesarios y ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.

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